Bases Legales del Sorteo Cafés Baqué x MUWI
BASES LEGALES DEL SORTEO CAFÉS BAQUÉ MUWI
1. ENTIDAD ORGANIZADORA
CAFÉS BAQUÉ, S.L., con CIF B-95445508 y domicilio social en P. I. Santa Apolonia 2-2, 48215 Iurreta, Bizkaia, en adelante, la Organizadora, organiza una promoción bajo la denominación “Sorteo Cafés Baqué MUWI”.
Las presentes bases legales recogen las condiciones de participación en la promoción y estarán a disposición de las personas usuarias a través de los canales habilitados por Cafés Baqué.
La presente promoción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada en modo alguno a Instagram o Facebook. Mediante su participación, las personas participantes exoneran a ambas plataformas de cualquier responsabilidad derivada de la promoción, dentro de los límites permitidos por la legislación aplicable.
2. DESTINATARIOS DE LA PROMOCIÓN
La promoción está dirigida exclusivamente a personas físicas mayores de dieciocho (18) años residentes en el territorio peninsular español.
Quedan excluidas de la promoción las personas residentes en las Islas Canarias, Islas Baleares, Ceuta y Melilla.
No podrán participar las personas empleadas por la Organizadora o por empresas pertenecientes a su mismo grupo empresarial, sus familiares directos hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni las personas empleadas por empresas o profesionales implicados directamente en la gestión u organización de la promoción, como agencias, proveedores o colaboradores.
3. ÁMBITO TEMPORAL Y TERRITORIAL
El periodo de participación comenzará a las 14:00 horas del martes 4 de agosto de 2026 y finalizará a las 23:59 horas del jueves 13 de agosto de 2026, ambos momentos incluidos.
La promoción se desarrollará en el territorio peninsular español, con las exclusiones territoriales indicadas en el apartado anterior.
Una vez finalizado el periodo de participación, la selección de la persona ganadora y de las personas suplentes se realizará a partir de las 08:00 horas del viernes 14 de agosto de 2026.
4. CARÁCTER GRATUITO DE LA PARTICIPACIÓN
La participación en la promoción es voluntaria y gratuita y no está condicionada a la compra de ningún producto o servicio.
La participación únicamente requiere disponer de una cuenta válida y activa de Instagram y cumplir los requisitos establecidos en las presentes bases.
5. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
Para adquirir la condición de participante será necesario cumplir todos los requisitos siguientes dentro del periodo promocional:
- Seguir el perfil oficial de Instagram de Cafés Baqué: @cafesbaque.
- Dar “Me gusta” a la publicación correspondiente al sorteo.
- Mencionar a una (1) persona en los comentarios de la publicación.
Cada persona podrá disponer de una única participación válida, con independencia del número de comentarios que publique.
No se admitirán menciones a cuentas falsas, comerciales, inactivas o creadas exclusivamente para participar en promociones. Tampoco se considerarán válidos los comentarios duplicados, fraudulentos, ofensivos o contrarios a la normativa de Instagram.
Quedarán excluidas las personas que:
- No completen todos los requisitos de participación.
- Participen antes del inicio o después de la finalización de la promoción.
- Faciliten datos falsos, incompletos o incorrectos.
- Utilicen perfiles falsos o realicen actuaciones fraudulentas.
- Incumplan cualquiera de las condiciones recogidas en las presentes bases.
La Organizadora podrá comprobar en cualquier momento que las personas seleccionadas siguen el perfil de Cafés Baqué, han dado “Me gusta” a la publicación y han realizado correctamente el comentario requerido.
6. SELECCIÓN DE LA PERSONA GANADORA Y SUPLENTES
Entre todas las participaciones válidas recibidas durante el periodo promocional se seleccionará, de forma aleatoria mediante la herramienta Easypromos, a:
- Una (1) persona ganadora.
- Cinco (5) personas suplentes.
La selección se realizará a partir de las 08:00 horas del viernes 14 de agosto de 2026.
Las personas suplentes sustituirán a la persona ganadora, siguiendo el orden en el que hayan sido seleccionadas, en caso de:
- Imposibilidad de identificación o localización.
- Falta de respuesta dentro del plazo establecido.
- Renuncia al premio.
- Entrega de información falsa, incompleta o incorrecta.
- Incumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.
- Imposibilidad de asistir o utilizar el premio en las condiciones previstas.
Si ninguna de las personas seleccionadas como ganadora o suplente cumpliera los requisitos, la Organizadora podrá realizar una nueva selección o declarar el premio desierto.
7. PREMIO
El premio consistirá en dos (2) entradas para MUWI La Rioja Music Fest, que se celebrará en Logroño del 27 al 30 de agosto de 2026.
Las entradas permitirán la asistencia de la persona ganadora y de un acompañante elegido por esta. El acompañante deberá cumplir las condiciones de acceso y asistencia establecidas por la organización del festival.
El premio no incluye:
- Desplazamientos hasta Logroño.
- Alojamiento.
- Manutención.
- Seguros.
- Gastos personales.
- Ningún otro gasto o servicio distinto de las dos entradas expresamente indicadas.
Las entradas serán enviadas a la dirección de correo electrónico facilitada por la persona ganadora, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos y aceptado el premio.
El premio es personal, no podrá ser canjeado por dinero ni sustituido por otro premio a petición de la persona ganadora.
La Organizadora no será responsable de los cambios de programación, modificación de fechas, aplazamiento o cancelación del festival por causas imputables a la entidad responsable del evento o por circunstancias de fuerza mayor, sin perjuicio de los derechos que correspondan legalmente a la persona ganadora.
El valor aproximado total del premio es de 164€.
8. COMUNICACIÓN Y VALIDACIÓN DE LA PERSONA GANADORA
La persona seleccionada tendrá inicialmente la consideración de ganadora provisional.
La Organizadora comprobará que cumple todos los requisitos establecidos en las presentes bases y le comunicará su selección mediante un mensaje privado enviado a la cuenta de Instagram desde la que haya participado.
La persona seleccionada deberá responder, aceptar el premio y facilitar la información necesaria para verificar su identidad y gestionar el envío de las entradas en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas desde el envío de la notificación.
Entre los datos que podrán solicitarse se encuentran:
- Nombre y apellidos.
- Fecha de nacimiento.
- Documento acreditativo de identidad, cuando sea necesario.
- Dirección de correo electrónico.
- Número de teléfono de contacto.
- Cualquier otra información imprescindible para gestionar la entrega del premio.
Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos y aceptado el premio dentro del plazo establecido, la persona seleccionada adquirirá la condición de ganadora definitiva.
Si la persona seleccionada no responde dentro del plazo indicado, no puede ser localizada, renuncia al premio o no cumple alguno de los requisitos, perderá su derecho al premio y se contactará con la primera persona suplente, siguiendo el orden resultante de la selección.
La persona ganadora podrá ser comunicada públicamente a través del perfil oficial de Instagram de Cafés Baqué mediante la publicación de su nombre de usuario y, en su caso, de su nombre de pila o inicial.
La Organizadora nunca solicitará pagos ni datos bancarios para hacer efectiva la entrega del premio.
9. PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS
La Organizadora se reserva el derecho de excluir de la promoción a cualquier persona respecto de la que existan indicios razonables de que:
- Ha utilizado perfiles falsos o automatizados.
- Ha manipulado el proceso de participación.
- Ha utilizado aplicaciones, sistemas o procedimientos técnicos destinados a alterar el resultado.
- Ha suplantado la identidad de otra persona.
- Ha realizado comentarios o menciones masivas considerados spam.
- Ha actuado de manera contraria a la buena fe, a las presentes bases o a la normativa aplicable.
La exclusión deberá estar basada en circunstancias objetivas y podrá implicar la pérdida del derecho al premio, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder.
10. DISPOSICIONES GENERALES
La Organizadora no será responsable de las incidencias técnicas, interrupciones, errores de conexión, fallos de Instagram o problemas ajenos a su control que impidan o dificulten la participación.
La Organizadora tampoco será responsable de la imposibilidad de entregar las entradas cuando esta sea consecuencia de datos incorrectos o incompletos facilitados por la persona ganadora.
La persona ganadora deberá identificarse mediante un documento oficial cuando resulte necesario para comprobar el cumplimiento de los requisitos.
La Organizadora podrá solicitar la firma de un documento de aceptación y recepción del premio.
La persona ganadora será responsable de comprobar las condiciones de acceso, horarios, programación y demás normas establecidas por la organización de MUWI La Rioja Music Fest.
El uso de las entradas y la asistencia al festival quedarán sujetos a las condiciones establecidas por la organización del evento y por el recinto en el que este se celebre.
11. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
El responsable del tratamiento de los datos personales es: CAFÉS BAQUÉ, S.L., CIF: B-95445508, Domicilio: P. I. Santa Apolonia 2-2, 48215 Iurreta, Bizkaia.
Los datos personales serán tratados con las siguientes finalidades:
- Gestionar la participación en la promoción.
- Comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos.
- Detectar y evitar participaciones fraudulentas.
- Seleccionar, contactar y validar a la persona ganadora y a las personas suplentes.
- Gestionar la entrega del premio.
- Cumplir las obligaciones legales, administrativas y fiscales aplicables.
- Atender posibles consultas o reclamaciones relacionadas con la promoción.
La base jurídica del tratamiento es la ejecución de la relación derivada de la participación voluntaria en la promoción, la aceptación de las presentes bases y el cumplimiento de las obligaciones legales aplicables a la Organizadora.
La participación en esta promoción no implica la aceptación del envío de comunicaciones comerciales por parte de Cafés Baqué.
Los datos podrán ser comunicados, cuando resulte necesario, a:
- Empresas proveedoras encargadas de gestionar la promoción.
- Easypromos, como herramienta utilizada para la selección.
- Agencias de comunicación o marketing que actúen por cuenta de la Organizadora.
- La organización del festival o empresas encargadas de emitir y entregar las entradas.
- Administraciones Públicas, órganos judiciales y autoridades competentes cuando exista una obligación legal.
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para gestionar la promoción, entregar el premio y atender posibles reclamaciones. Posteriormente, permanecerán bloqueados durante los plazos legales aplicables y serán eliminados cuando hayan prescrito las posibles responsabilidades.
Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad mediante una solicitud dirigida a: baque@baque.com
La solicitud deberá incluir la referencia “Sorteo Cafés Baqué MUWI” y la información necesaria para acreditar la identidad de la persona solicitante.
Las personas interesadas también podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
La participación se desarrolla a través de Instagram, cuyo tratamiento de datos personales se regirá asimismo por sus propias políticas y condiciones de privacidad.
12. FISCALIDAD
La persona ganadora deberá facilitar los datos personales y fiscales que resulten necesarios para cumplir las obligaciones tributarias relacionadas con el premio.
De conformidad con la normativa aplicable al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los premios derivados de juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias vinculadas a la promoción de bienes o servicios estarán sujetos a retención o ingreso a cuenta cuando su valor supere el límite legalmente establecido.
Cuando proceda, la Organizadora realizará la retención o ingreso a cuenta correspondiente, sin perjuicio de la obligación de la persona ganadora de declarar el premio en su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La falta de entrega de los datos fiscales necesarios podrá suponer la pérdida del derecho al premio.
13. RECLAMACIONES
Las reclamaciones relacionadas con la promoción podrán presentarse durante los quince (15) días naturales siguientes a su finalización a través de baque@baque.com, indicando la referencia “Sorteo Cafés Baqué MUWI”.
Este plazo no limita ni excluye los derechos que correspondan a las personas participantes de acuerdo con la legislación aplicable.
14. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN
La Organizadora podrá modificar, suspender, ampliar, aplazar o cancelar la promoción únicamente cuando exista una causa justificada, una circunstancia de fuerza mayor, una incidencia técnica grave o cualquier otra situación ajena a su control razonable que impida desarrollarla en las condiciones inicialmente previstas.
Cualquier modificación será comunicada a través de los mismos canales utilizados para difundir la promoción y respetará, en la medida de lo posible, los derechos adquiridos por las personas participantes.
En caso de que resulte necesario sustituir el premio por causas ajenas a la Organizadora, el premio alternativo deberá tener un valor igual o superior al inicialmente ofrecido.
15. LEGISLACIÓN APLICABLE
La presente promoción se regirá por la legislación española vigente.
Cualquier controversia relacionada con la interpretación o aplicación de estas bases se resolverá de acuerdo con la normativa aplicable en materia de consumidores y usuarios y con las reglas de competencia territorial legalmente establecidas.
16. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en la promoción supone la aceptación íntegra de las presentes bases legales.
El incumplimiento de cualquiera de sus condiciones podrá dar lugar a la exclusión de la promoción o a la pérdida del derecho al premio, siempre que dicha decisión esté debidamente justificada.
La aceptación de las bases se entiende sin perjuicio de los derechos reconocidos a las personas participantes por la legislación vigente.